Fol. 1
Luis Camposo contra Mateo de Toledo. Año 1555. Almuñécar [Comisión a Gonzalo de Ribera para hacer información]
Yo don Yñigo López de Mendoza conde de Tendilla señor de la villa de — capitán general del Reino de Granada alcaide y capitán de la dicha ciudad y su Alhambra y fortaleza hago saber a vos Gonzalo de Ribera escribano de su majestad que yo he sido informado que en la ciudad de Almuñécar el lunes pasado que se contaron nueve días deste presente mes de septiembre hubo cierta pendencia entre Mateo de Toledo y Luis Camposo escuderos de los que residen en la dicha ciudad de Almuñécar de la compañía de Diego de Narváez de la cual dicha quistión el dicho Luis Camposo salió malherido por tanto yo os mando que vayáis a la dicha ciudad de Almuñécar y a otras partes donde conviniere y hagáis información cerca de lo susodicho procurando por todas las vías que pudiéredes de saber y averiguar la verdad que por la presente mando a todas y cualesquier personas con quien la entendiéredes averiguar parezcan ante vos a vuestros mandamientos y llamamientos y pedimentos (¿) y digan sus dichos a los plazos y so las penas que de mi parte les pusiéredes las cuales yo les pongo y he por condenados en ellas haciendo lo contrario y si para lo susodicho hubiéredes menester favor y ayuda de parte de su — mando a cualesquier sus justicias y otras personas vos la den y hagan dar y hecha la dicha información signada en manera que haga fe la traed ante mí para que vista provea lo que sea justicia que venido os mandaré pagar vuestro salario. Fecho en el Alhambra a diez y seis de septiembre de MDLV años.
Y porque ansí mesmo he sido informado que yendo Rodrigo de los Valles contador de la dicha compañía a cuyo cargo están las lanzas que della residen en la dicha ciudad a hacer la información sobre la dicha quistión y a prender al dicho Mateo de Toledo uno de los dichos escuderos que se llama Cristóbal de Narváez se lo resistió empuñándose su espada contra él y diciéndole palabras feas y desacatadas habréis también información de lo que pasa cerca de lo susodicho que para ello os doy la misma comisión. Fecha ut supra.
Conde de Tendilla
Por mandado su señoría Luis de Ribera, escribano.
Comisión para que se haga información sobre la quistión que pasó en Almuñécar entre dos escuderos de Narváez y sobre la resistencia que se hizo al contador.
[Información hecha en Almuñécar]
En la ciudad de Almuñécar a veinte y nueve días del mes de septiembre de 1555 años por virtud de la comisión desta otra parte contenida y del escribano yusodicho hice la información siguiente:
[Declaración de Cristóbal Sedano] Testigo. Juró sobre lo suso dicho Cristóbal Sedano soldado de la compañía del comendador Leonardo de Bardivia e siendo preguntado dijo que lo que pasa es que el lunes en la noche próximo pasado que se contaron nueve deste presente mes este testigo y Luis Camposo estaban sentados en el poyo de la audiencia desta ciudad que es en la plaza della sería a las nueve horas de la noche poco más o menos y a la sazón llegó donde este testigo y el dicho Camposo estaban Mateo de Toledo escudero de la capitanía de Diego de Narváez y en llegando el dicho Toledo dijo a este testigo y al dicho Camposo buenas noches hayan vuestras mercedes y el dicho Camposo y este testigo respondieron lo mesmo e se levantaron e le dijeron que se sentase y el dicho Mateo de Toledo dijo no me quiero sentar que es hora de recogernos y se estuvo parado un poco y luego llegó allí Esquivel escudero de la dicha compañía y habló y dijo las propias palabras que el dicho Toledo había dicho y el dicho Camposo y este testigo se levantaron y le dijeron que se sentase y tampoco se quiso sentar y allí estuvieron este testigo y el dicho Camposo sentados y el dicho Toledo y Esquivel parados un rato tratando de que hacía noches largas y otras pláticas de pasar tiempo y luego el dicho Toledo dijo al dicho Camposo señor suplico a vuestra merced me haga merced de decirle al señor su padre que me envíe la horma de asurcar y el dicho Camposo dijo yo haré lo que vuestra merced manda y pasó poca distancia
de tiempo ya vino a decir el dicho Toledo al dicho Camposo Señor Camposo muy quejoso estoy de vuestra merced que la otra noche estando yo y Sedano nos tiraron de pedradas y me dieron en este pie que por la vida mía que me duele y
el dicho Camposo respondió juro a Dios que tal no he hecho y ambos se estuvieron callados muy poco tiempo y luego el dicho Mateo de Toledo dijo fue muy bellacamente hecho y diciendo y haciendo echó mano a una espada que traía y con ella tiró un golpe al dicho Camposo que le parece a este testigo que le alcanzó en la cabeza y entonces el dicho echó mano a su espada y ambos se dieron un buen rato de cuchilladas y este testigo y el dicho Esquivel los departieron e vino la justicia e luego vido este testigo herido al dicho Camposo de dos heridas una en la cabeza y otra en el hombro del brazo derecho malherido este testigo cree y tiene por cierto que el dicho Toledo dio las dichas heridas al dicho Camposo porque solo los dos se dieron de cuchilladas que por ser de noche no pudo este testigo vérselas dar más de lo que tiene dicho y asimismo cree y tiene por cierto que el dicho Toledo vino a reñir con el dicho Camposo — y hecho pensado porque así le pareció a este testigo por las palabras que el dicho Toledo hablaba e por lo que después sucedió e questo pasó y es verdad para el juramento que hizo.
Preguntado si vido que yendo Rodrigo de los Valles contador de la dicha compañía a hacer la información acerca de lo susodicho si vido que Cristóbal de Narváez escudero le dijo palabras feas e desacatadas al dicho contador e le resistió que no prendiese al dicho Toledo empuñándose en el espada, dijo que no lo vido este testigo porque este testigo se quedó en la casa del dicho contador viendo — al dicho herido e que oyó decir este testigo que se había hallado allí al tiempo de las dichas palabras
que pasaron el dicho Cristóbal de Narváez y el dicho contador oyó este testigo no se acuerda quien que se hallaron presentes Heredia e Juan Gaitán e Juan de la Haya escudero y Alonso Navarrete y Francisco de Utrera escudero que ellos lo dirían qué pasó y esto es verdad e firmó de su nombre
Cristóbal Sedano
Ante mí Gonzalo de Ribera escribano
[Declaración de Luis Camposo] En este dicho día en la dicha ciudad de Almuñécar yo el dicho escribano fui a casa de Gregorio de los Valles y en ella hallé al dicho Luis Camposo la cabeza ligada con paños e a lo que parecía haber estado muy enfermo aunque estaba ya levantado e del tomé e recibí juramento en forma de derecho so cargo del cual le pregunté diga e declare cómo pasó la quistión que hubo [sostuvo] con Mateo de Toledo escudero el cual dijo que lo que pasó es que el lunes próximo pasado que se contaron nueve deste presente mes de septiembre sería a la hora de las nueve de la noche poco más o menos este que declara estaba sentado en un poyo de la audiencia de la dicha ciudad y con este que declara estaba Cristóbal de Sedano escudero y contador e estando allí a la sazón se llegó donde este que declara y el dicho Sedano estaban el dicho Mateo de Toledo con una espada debajo el brazo e este dijo que si era hora de acostar y este que declara y el dicho Sedano dijeron que sí y que se sentase y el dicho Toledo no se quiso sentar y estuvieron allí pasado un rato y a la sazón vino allí Esquivel escudero e todos cuatro estuvieron un poco hablando e luego el dicho Mateo de Toledo le dijo a este que declara señor Camposo merced me hará
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de decirle al señor su padre que me envíe la horma de arcar que la he de enviar a Málaga y este que declara dijo que le placía de decirlo y que él se lo diría e dende a un poco después de haber pasado otras pláticas en conversación y amistad el dicho Toledo dijo a este que declara enojado estoy con un vecino que la otra noche estando yo y Sedano y otros nos peyeron y tiraron de pedradas y aun me dieron en este pie y este que declara dijo que no había hecho tal y luego el dicho Mateo de Toledo estando este que declara seguro y sentado echó mano a la espada y con ella sin vaina le dio una cuchillada en la cabeza de que le cortó cuero (¿) y carne y salió mucha sangre y ha estado muy malo de la dicha herida e de otra que le dio en el hombro derecho y entonces este que declara echó mano a su espada e se estuvo defendiendo un buen rato hasta que vino gente e la justicia y este que declara se fue a su casa a curar y el dicho Toledo se fue e queste que declara no quiere q- del e esto es la verdad e lo que pasó para el juramento que hizo e lo firmó de su nombre (correcciones)
Luis Camposo
Preguntado si tenía enemistad con el dicho Toledo este que declara dijo que antes este que declara y el dicho Toledo eran amigos y esta es la verdad Gonzalo de Ribera escribano
[Declaración de Juan Gaitán] En la dicha ciudad de Almuñécar este dicho día mes e año susodichos fue recibido juramento en forma de derecho de Juan Gaitán vecino desta dicha ciudad e dijo que lo que sabe este testigo es que el lunes en la noche próximo pasado que se contaron nueve deste presente mes de septiembre este testigo oyó decir e así fue público e notorio en la dicha
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ciudad que Mateo de Toledo había dado cierta heridas a Camposo este testigo no lo vido más de que la propia noche que se dijo que fue herido este testigo estaba en la calle junto a la jabonería hablando con Luis de Heredia escudero y con otros y estando allí vido este testigo ir por la calle al dicho Rodrigo de los Valles contador el cual llevaba una espada y una rodela y con su capa cubierto y con él iba Utrera escudero de la dicha compañía con una espada y una darga en el brazo y su capa cobijado los cuales iban a la dicha jabonería donde posaba el dicho Mateo de Toledo y otros escuderos y se decía que iba a prender al dicho Mateo de Toledo y este testigo se entró con ellos en la dicha jabonería para ver lo que pasaba y estando dentro de la dicha jabonería los susodichos entró Cristóbal de Narváez que venía de la calle y entró diciéndole al dicho Rodrigo de los Valles qué entonamientos son éstos y que armados son éstos juro a Dios que todos nos armemos e dijo otras palabras de desacato que no se acuerda este testigo a lo cual todo estaba presente el dicho Rodrigo de los Valles que respondió que él no venía armado e le dijo al dicho Narváez que soltase la espada y el dicho Narváez dijo que no la había de soltar y que él no había hecho por qué soltar el espada y el dicho contador decía que él estaba en lugar del capitán y se la había de dar y el dicho Narváez dijo no os tengo yo a vos por capitán sino por contador y entonces el dicho Rodrigo de los Valles arremetió a quererle quitar el espada y el dicho Narváez se resistía e decía que juraba a Dios que no se la había de dar e anduvieron peleando un rato por que dejase el espada al cual no se la quiso dejar y a la sazón llegó el alcaide Juan de Salazar alcaide de la dicha ciudad al cual el dicho Narváez dio el espada y allí en su posada del dicho Narváez el dicho contador encarceló al dicho Narváez
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y el dicho Narváez se quedó en su casa encarcelado y después de haber pasado lo que dicho tiene ya que se quería ir el dicho Rodrigo de los Valles vido este testigo que el dicho Utrera y el dicho Narváez se apalabraron e se dijeron el uno al otro palabras de enojo que no se acuerda este testigo más de que el dicho
Utrera dijo al dicho Narváez para vos no es menester venir armado y el dicho Narváez respondió que a vos ni a tres como vos no tengo yo en nada e se iban el uno para el otro de mal arte e gente los desapartó e este testigo se fue a su casa e el dicho Rodrigo de los Valles asimismo se fue e no vido este testigo otra cosa para el juramento que hizo e firmó su nombre. E d- este testigo que como dice que se iban el uno para el otro dice este testigo que el dicho Utrera se fue para el dicho Narváez porque el dicho Narváez estaba encarcelado y sin armas e después pasó lo que está dicho e questo es verdad (correcciones)
Juan Gaitán
Gonzalo de Ribera escribano
[Declaración de Alonso de Navarrete] En la dicha ciudad de Almuñécar a treinta días del dicho mes de septiembre del dicho año yo el dicho escribano tomé e recibí juramento en forma de derecho de Alonso de Navarrete soldado vecino de la dicha ciudad so cargo del cual siendo preguntado por la comisión de su señoría dijo que lo que pasa y sabe este testigo es que el lunes en la noche próximo pasado que se contaron nueve deste presente mes de septiembre sería las nueve horas de la no
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che poco más o menos este testigo estaba en la plaza de la dicha ciudad con Luis Camposo e Cristóbal Sedano y Esquivel y estando allí en conversación este testigo se fue e dejó al dicho Camposo y Sedano y Esquivel se fue hacia su casa y dende a un poco topó este testigo al dicho Camposo en la calle de la Antigua de la dicha ciudad el cual iba herido en la cabeza e le preguntó este testigo que quien le había herido el cual le dijo que Toledo y este testigo se fue con él a su casa e en ella lo dejó e se volvió este testigo y yendo este testigo por la calle de la Jabonería vido que iba el contador Rodrigo de los Valles con una rodela y espada y capa cubierta y con él iba Utrera escudero con una adaraga y su espada y los susodichos entraron por la puerta la jabonería porque se decía que iban a prender al dicho Toledo y después de haber entrado el dicho contador y el dicho Utrera y Heredia escribano del cabildo entró Cristóbal de Narváez escudero de la dicha compañía con una espada debajo del brazo e le dijo al dicho contador qué armaduras de nonada son éstas lo cual dijo dos o tres veces muy enojado y encarándose hacia el dicho contador e le dijo juro a Dios que si nos armamos todos que nos armemos lo cual dijo enojado como tiene dicho este testigo y con mucha soberbia y el dicho contador le respondió con mucha crianza e le dijo éntrese en su aposento que nadie no viene armado sino yo que vengo a buscar a Toledo y lo cual le dijo dos o tres veces y el dicho Cristóbal de Narváez dijo que no quería entrarse en su aposento y se iba para el dicho contador aunque este testigo no le vido empuñar en el espada y luego vido este testigo que el dicho Rodrigo de los Valles contador porque el dicho Narváez no se quería entrar en su aposento e porque le decía de voces y otras palabras desacatadas de que este testigo no se acuerda arremetió para asirle
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del espada al dicho Cristóbal Narváez y el dicho Narváez no se la quiso dejar antes se le resistía e decía que juraba a Dios que no le había de dar el espada y a la sazón vino el alcaide de la dicha ciudad y le pidió el espada al dicho Narváez el cual se la dio y el dicho Rodrigo de los Valles encarceló al dicho Narváez en su casa e se lo notificó Heredia escribano y el dicho Narváez dijo que no lo obedecía e que no lo había de cumplir y así no tuvo la dicha carcelería porque luego otro día este testigo lo vido pasearse por la dicha ciudad de Almuñécar y esto sabe y es la verdad para el juramento que hizo e no firmó porque dijo que no sabía.
Preguntado si sabe que los dichos Luis Camposo y Toledo eran amigos, dijo que habrá dos meses poco más o menos que los dichos Toledo e Camposo hobieron palabras de enojo en las casas de cabildo según oyó este testigo decir e se dijo en la dicha ciudad e después vido este testigo que los hicieron amigos e por tales amigos se trataban e comunicaban e por tales amigos eran tenidos e si él dio las dichas heridas fue debajo de amistad.
Preguntado si sabe por qué se revolvió la dicha quistión o por qué hobieron las dichas palabras podrá haber los dichos dos meses, dijo este testigo que lo que este testigo tiene por cierto es que en la dicha ciudad este testigo ha oído decir a muchas personas que no se acuerda dellas e así es público en la dicha ciudad que hobieron las dichas palabras los dichos Camposo e Toledo por razón que el dicho Toledo le rogó a una esclava del dicho contador que fuese su alcahueta e le hablase de su parte a una hija de un - [¿jornalero?] de la dicha ciudad e que le dijese a la dicha moza que el contador su amo la enviaba y que era para él e así fue público que la dicha esclava fue e se lo dijo a la dicha moza e que la dicha moza había salido para ir a buscar al dicho contador y yendo hacia su casa porque la dicha negra dijo que la enviaba
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a llamar su madre del dicho contador y yendo la dicha moza hacia casa del dicho contador fue público que en una casa caída de Francisco de la Puebla el dicho Toledo había metido a la dicha moza e allí había tenido quehacer con ella y este testigo supo que el dicho contador e su madre lo habían sabido y enojádose dello mucho por haber enviado el dicho Toledo en nombre del dicho contador a la dicha esclava que fuese su alcahueta y por esta causa se dijo públicamente que el dicho Luis Camposo había habido las dichas palabras con el dicho Toledo podrá haber los dichos dos meses e de lo que tiene dicho tiene este testigo por cierto que el dicho Toledo lo calló hasta que se pudo vengar del dicho Camposo --- este testigo no sabe ni ha oído otra cosa para el juramento que hizo (correcciones)
Gonzalo de Ribera, escribano
[Declaración de Juan de la Haya] En la dicha ciudad de Almuñécar este dicho día mes e año susodicho yo el dicho escribano recibí juramento en forma de derecho de Juan de la Haya escudero de la compañía de Diego de Narváez residente en la dicha ciudad e dijo que lo que sabe [a]cerca de lo que fue preguntado que este testigo tiene dicho su dicho en esta causa ante Luis de Heredia escribano del cabildo desta dicha ciudad e que lo que en él tiene dicho es la verdad e que agora este testigo no se acuerda bien de lo que pasó ni de lo que tiene dicho en él e que esto es verdad para el juramento que hizo.
Preguntado si sabe de qué procedió las heridas que le dieron al dicho Camposo e dijo este testigo que ha oído decir en esta dicha ciudad e así es público que el dicho Camposo e Toledo había habido palabras e los habían hecho amigos y questo sabe para el juramento que hizo e que no sabe sobre que fue fueron las palabras que -.
Juan de la Haya
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[Declaración de Antonio de Esquivel] Testigo. En este dicho día mes e año susodichos recibí juramento en forma de derecho de Antonio de Esquivel escudero de la compañía de Diego de Narváez e siendo preguntado dijo que lo
que sabe es que el lunes en la noche próximo pasado que se contaron nueve deste presente mes de septiembre sería a las nueve horas de la noche poco más o menos este testigo a la dicha hora estaba en la plaza de la dicha ciudad en los poyos de la audiencia sentado con otros cinco o seis escuderos y ciudadanos entre los cuales estaba Luis Camposo e Sedano soldado e todos estaban parlando en buena conversación e dende a un rato cada uno se fue a su casa e (a esto?) el dicho Luis Camposo y el dicho Sedano y este testigo que se estuvieron allí y luego este testigo se fue a dar una vuelta por la ciudad e volvió a donde había dejado a los susodichos e halló al dicho Camposo y al dicho Sedano sentados como este testigo lo había dejado e asimismo estaba con ellos Mateo de Toledo escudero el cual estaba en pie y este testigo se llegó a ellos y todos estuvieron platicando un poco e estando hablando el dicho Mateo de Toledo le dijo al dicho Camposo señor Camposo hágame merced de decirle al señor su padre que me envíe aquella horma de asucar [surcar] porque la he menester para enviar a Málaga y el dicho Camposo dijo que le placía e que se lo diría y pasó poca distancia de tiempo e tomó el dicho Toledo a hablar y dijo al dicho Camposo muy enojado estoy con vuestra merced que la otra noche estábamos yo y otro junto a la iglesia y vuestra merced nos peyó e tiró de pedradas e me dio con una en este pie y el dicho Camposo respondió
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no he hecho yo tal y mire vuestra merced que no sería yo y el dicho Toledo tomó a decir vuestra merced era y fue muy mal hecho y el dicho Camposo respondió no era yo en verdad ni so[y] yo hombre que tiro piedras a nadie y entonces el dicho Toledo dijo fue muy bellacamente hecho y diciendo y haciendo echó mano a su espada y con ella dio un golpe que le pareció a este testigo que le dio al dicho Camposo e allí estuvieron dándose ambos de cuchilladas porque el dicho Camposo después de le haber dado la primera cuchillada se levantó y echó mano a su espada y se estuvieron dando de cuchilladas y este testigo y el dicho Sedano que estaba allí los despartaron e no bastaban e oyó decir este testigo al dicho Camposo ¡ay! que me habéis muerto e luego acudió la justicia de la dicha ciudad y el dicho Toledo huyó y este testigo supo que el dicho Luis Camposo había salido herido e ha estado muy malo de las dichas heridas pero este testigo no las vido porque luego se fue e no pasó otra cosa para el juramento que hizo.
Preguntado si sabe por qué causa el dicho Toledo dio las dichas heridas al dicho Camposo, dijo este testigo que ha oído decir en esta dicha ciudad a personas que no se acuerda pero que es muy público que el dicho Camposo en la audiencia de
esta ciudad estando el dicho Toledo en ella podrá haber dos meses poco más o menos que el dicho Camposo dicen que dio al dicho Toledo ciertos mojicones e se fue huyendo a la iglesia e después supo este testigo que los hicieron amigos e por tales amigos los vido este testigo tratarse e comunicarse e después de haber pasado lo que este testigo oyó decir que pasó que está dicho hasta la noche que el dicho Camposo fue herido.
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Preguntado si sabe este testigo de qué procedió o por qué causa fue los mojicones que el dicho Camposo dicen que dio en la audiencia al dicho Toledo, dijo este testigo que preguntando este testigo a Francisco de Utrera escudero lo que por mí el dicho escribano agora se le pregunta el dicho Utrera le dijo a este testigo que había sido por razón que el dicho Toledo había echado por alcahueta de una moza a la esclava del dicho contador Rodrigo de los Valles e que el dicho Toledo le rogó a la dicha esclava del dicho contador que dijese a la dicha moza que la enviaba su amo el contador e dic[e] que la dicha esclava se lo dijo así a la dicha moza e un día dic[e] que la dicha esclava fue a casa de la dicha moza que por estar recogida en casa de sus padres no la nombra este testigo e le dijo a la dicha moza e a su madre que la madre del dicho contador la enviaba a llamar e que la dicha moza había salido para ir a casa del dicho contador y en el camino en una casa destrozada la había metido el dicho Toledo e se había echado con ella e que sabido por el dicho contador que había hecho aquella bellaquería el dicho Toledo sin saber nada se había enojado dello e había llegado a noticia del dicho Camposo su hermano e que por eso se había reñido con él en la dicha audiencia de dicha ciudad todo lo cual dijo a este testigo el dicho Utrera e que por esto sabe este caso.
Preguntado si vido que después de haber dado las dichas heridas el dicho Toledo al dicho Camposo si vido este testigo que el dicho contador Rodrigo de los Valles salió de su casa e fue a buscar al dicho Toledo para lo prender en la casa del jabón e si vido que salió allí Cristóbal de Narváez e dijo al dicho contador palabras feas
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e desacatadas e le resistió que no prendiese al dicho Toledo e desempuñó el espada contra el dicho contador fuele preguntado diga e declare lo que cerca desto pasó, dijo este testigo que no se halló presente a lo que se le pregunta ni vido cosa alguna dello e que públicamente se dijo en esta ciudad que el dicho
contador había habido palabras con el dicho Narváez no oyó decir otra cosa e questo sabe y es verdad para el juramento que hizo. ("correcciones")
Antonio de Esquivel Gonzalo de Ribera, escribano
[Declaración de Luis de Heredia
En la dicha ciudad de Almuñécar a primero de octubre de dicho año yo el dicho escribano recibí juramento en forma de derecho de Luis de Heredia escribano público e del cabildo desta dicha ciudad so cargo del cual prometió de decir verdad e siendo preguntado, dijo que lo que sabe es que la noche en que el dicho Camposo fue herido estando este testigo en su casa oyó ruido a manera de quistión e salió a la plaza desta dicha ciudad a ver qué era y vido a Luis Camposo escudero de la capitanía de Diego de Narváez herido de dos cuchilladas una en la cabeza y otra en el hombro derecho de que le salía mucha sangre y Rodrigo de los Valles contador de la dicha compañía salió de su casa de su padre donde el dicho Luis Camposo estaba herido e de que este testigo le vido salir fue tras del porque no hubiese pasión con el que había herido al dicho Luis Camposo y este testigo le vido entrar en su posada e lo dejó e fue abajo al aposento de los dichos escuderos e preguntó este testigo
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a Cristóbal de Narváez y a Esquivel y a los pícaros y a otros escuderos de la dicha capitanía que qué había sido aquello e quién había herido al dicho Camposo y allí se dijo públicamente que Mateo de Toledo escudero le había herido e estando este testigo a la puerta de la dicha jabonería llegó el contador Rodrigo de los Valles con una espada y una rodela y su capa y Francisco de Utrera escudero con una adarga y su espada y en llegando se entraron en la dicha jabonería e cerraron sobre sí la puerta y de que este testigo los vido pensando este testigo que estaba dentro el dicho Mateo de Toledo por evitar pasión detuvo la dicha puerta e no se la dejó cerrar e se entró con los susodichos para evitarles de pasión y este testigo preguntó al dicho contador que qué buscaba y el dicho contador dijo busco a Mateo de Toledo para prenderlo y a la sazón entró Cristóbal de Narváez escudero y otros vecinos y escuderos desta dicha ciudad y el dicho Cristóbal de Narváez
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dicho Cristóbal de Narváez dijo conozcoos por contador del rey y este testigo y Juan de Salas alcaide mayor que allí estaba se metieron en medio y los apartaron porque ambos estaban asidos del espada del dicho Narváez y el dicho Narváez no la quería dejar al dicho contador y allí este testigo se la quitó y el dicho alcaide la tomó e luego otro día el dicho contador (tachado) hizo la información por ante este testigo como escribano e proveyó un auto en que encarcelaba al dicho Cristóbal de Narváez en su posada y con cierta pena que no la quebrantase y este testigo fue a notificárselo e se (lo) notificó al dicho Cristóbal de Narváez el cual respondió que el dicho contador era el agresor e que él no había hecho por qué estar encarcelado e no embargante esto que respondió vido este testigo que el dicho Narváez guardó la dicha carcelería porque nuca le vido salir hasta que por el dicho contador le fue alzada y fueron amigos porque este testigo intervino en la dicha amistad — y P. Bueso e Diego Dávalos e questo pasa e sabe deste caso.
Preguntado si sabe por qué causa el dicho Toledo dio las dichas heridas al dicho Camposo, dijo este testigo que no lo sabe más de haber oído que yendo una noche el dicho Toledo paseándose por cierta calle desta ciudad el dicho Camposo le había peído y tirado una pedrada e que por esto se dijo que habían reñido y que esto sabe y es verdad para el juramento que hizo e firmó su nombre (correcciones)
Luis de Heredia
Pasó ante mí esta información
Gonzalo de Ribera escribano
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[Petición de traslado y traslado de la declaración que hizo Juan de la Haya ante Luis de Heredia, escribano]
En la ciudad de Almuñécar primero día del mes de octubre de mil y quinientos e cincuenta e cinco años ante mí el escribano público de yusoescripto pareció Gonzalo de Ribera, vecino de la ciudad de Granada, e dijo que a su noticia es venido que yo el dicho escribano hice cierta información acerca de las palabras que (entre) el contador Rodrigo de los Valles e Cristóbal de Narváez había habido e que tiene necesidad de un traslado del dicho que en ella dijo Juan de la Haya escudero en la dicha compañía; por tanto que me pedía e requería le diese un traslado del e lo pidió por testimonio. Testigos Diego de –ya e Francisco Sedano, vecinos desta ciudad
Por virtud de lo cual e de pedimento e requerimiento del dicho Gonzalo de Ribera y –, escribano, hice sacar e saqué un traslado del dicho que dijo el dicho Juan de la Haya que parece que lo diese en nueve días del mes de septiembre deste año; su tenor es el siguiente:
Testigo. Juró sobre lo susodicho Juan de la Haya escudero de la capitanía del comendador Diego de Narváez el cual habiendo jurado según derecho e siendo preguntado por el tenor de la dicha cabeza de proceso, dijo que estaba este testigo en la puerta de la mar a- nueve deste presente mes con Cristóbal de Narváez, escudero, e otros escuderos vecinos desta ciudad hablando sobre las heridas que Mateo de Toledo había dado a Luis Camposo, otrosí escudero de la capitanía del dicho Diego de Narváez, y estando hablando en la calle junto a las casas de la jabonería donde el dicho Cristóbal de Narváez e Mateo de Toledo e otros escuderos estaban e do[nde] tienen su aposento, vino el contador Rodrigo de los Valles e con él Francisco de Utrera, escudero, e con una rodela el dicho contador e su espada y el dicho Utrera un adaraga y entraron de rendón en la jabonería e Luis de Heredia, escribano, tras ellos y entraron dentro, e se pasaron
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junto al pilar del agua a hablar y estando hablando entró el dicho Cristóbal de Narváez con su espada debajo del sobaco diciendo qué armaduras de nonada
son éstas y yéndose hacia el dicho contador e diciendo juro a Dios que nos habemos de armar todos e habemos de ver estas nonadas y esto lo decía enojado y el dicho contador respondió e dijo mu señor Narváez que aquí no venimos armados sino yo entré a buscar a Toledo e no le va- e a esto respondió el dicho Narváez viniéndose para el dicho contador diciendo juro a Dios que hemos de ver a qué se entra en nuestro aposento armados e pedía (¿) armas a Haya y esto lo decía con gran enojo y el dicho contador de que lo vido venir así él echo mano de la guarnición del espada e dijo que dejase las armas e se fuese a su aposento e no saliese del y el dicho Narváez dijo que no quería muchas veces ni darle el espada y el contador le dijo yo estoy aquí por el conde de Tendilla e por Diego de Narváez, mi capitán, e me has de obedecer y el dicho Narváez dijo que no quería todavía ni le conocía por juez e así no quiso darle el espada e se la dio al señor Juan de Salas alcaide mayor e así (¿) pasaron otras palabras que no se acuerda este testigo en desacato del dicho contador y el dicho Narváez dijo que no lo conocía sino por contador e no por otro —feto e que el dicho contador le dijo que se fuese a su aposento y el dicho Narváez le dijo le dijo que se fuese [él] al suyo, e questo es la verdad para el juramento que hizo e lo firmó de su nombre. Juan de la Haya
Pasó ante mí Luis de Heredia, escribano público e del —
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Muy Ilustre Señor
Gonzalo de Ribera, escribano, digo que por comisión de vuestra señoría yo fui a hacer cierta información criminal a la ciudad de Almuñécar de cierta quistión que hubo en ella entre Luis Camposo e Mateo de Toledo, escuderos, e yo hice la dicha información y la tengo entregada a Luis de Ribera, escribano de vuestra señoría. En ello me ocupé cinco días e así lo juro a Dios y a esta Cruz que me ocupé en el dicho negocio los dichos cinco días sin entender en otro ningún negocio. Pido e suplico a vuestra señoría me mande librar salario competente porque están los caminos costosos y para ello etc.
Gonzalo de Ribera, escribano
Fol. 21
En el Alhambra a ocho de octubre de MDLV años ante el conde de Tendilla, mi señor, y la presentó Gonzalo de Ribera.
Su señoría le tasó por cada uno de los dichos cinco días a s- reales sin que lleve otros dineros algunos de las escrituras y mandó dar libramiento para que se le pague lo que monta Blas de Torres, pagador de la gente de guerra deste Reino, del sueldo del dicho Mateo de Toledo.
Fol. 22
Muy ilustre Señor
Mateo de Toledo, escudero de la capitanía de don Rodrigo de Narváez, digo que, por lo que toca a una información que el conde, mi señor, mandó hacer contra mí por cierta quistión que entre Camposo, escudero de la dicha capitanía, y yo hubimos, somos amigos y ansí le consta a vuestra señoría por una carta del capitán don Rodrigo de Narváez y estoy en la cárcel desta Alhambra porque a ella me vine a presentar, pido y suplico a vuestra señoría me mande dar en fiado, para lo cual etc.
Mateo de Toledo
Ansí digo que por el conde, mi señor, fue mandado embarazar mi sueldo en Blas de Torres, pagador, pido y suplico a vuestra señoría mande que me sea desembarazado y que se me dé, para lo cual etc.
fol. 23
En el Alhambra a tres de febrero de mil y quinientos e cincuenta y seis años ante el Ilustre Sr. don Pedro de Vovadilla ejerciente el cargo de capitán general del Reino de Granada en lugar e por ausencia del muy ilustre señor
conde de Tendilla, capitán general del dicho reino e — mi señor e por virtud del poder quel otorgó ante mí para proveer en el dicho cargo así en las cosas de arresto como de justicia de que doy fe, se presentó el dicho Mateo de Toledo con esta petición.
El dicho señor don Pedro Vovadilla mandó que se presen te en la cárcel y se le tome su juramento E luego el dicho Mateo de Toledo se presentó en la cárcel prisión desta Alhambra e fue encomendado a Francisco de Utrera, alcaide della, y mandó que lo tenga preso e a buen recaudo, testigos –
Fol. 24
En la Alhambra a cuatro días del dicho mes de febrero del dicho año fue recibido juramento en forma de derecho del dicho Mateo de Toledo so cargo del cual, siendo preguntado dijese lo - de la que esté preso [dijo] que estando una noche este p. y un vecino de Almuñécar, que no sabe cómo se llama, junto a la puerta de la iglesia de la dicha ciudad de Almuñécar pasó por allí el dicho Luis Camposo y otros en su compañía y comenzaron a peder a este p. y a tirarle de pedradas y así le dieron una pedrada en el tobillo. De allí a cinco o seis noches que esto pasó, estando el dicho Luis Camposo junto a la audiencia y uno de los otros que con él iban la dicha noche, y le dijo cuál era la causa para que la dicha noche le ha vuestra merced tirado de pedradas y silvado pestes este p. no se lamentó- e que lo había hecho bellacamente por esto el dicho Luís Camposo- espada contra este p. y este p. contra – y se tiraron de cuchilladas y después que pasó la quistión qu e los dos partieran l--- oyó este p. decir que el dicho Camposo había salido herido en la cabeza y en un hombro e- sin que - Luís – escribano
Mateo de Toledo
Fol. 25
Este día del dicho Señor don Pedro de Vovadilla mandó dar provisión para que el dicho Luís de Camposo dentro de seis días le venga acusar a pedir al dicho Mateo de Toledo e- lo que conviene.
En Granada a cinco días del mes de febrero de mil y quinientos e cinciento e seis yo el dicho escribano noté la susodicha provisión para el dicho Sr. -e el dicho Luís Camposo, el cual dijo que no quiere pedir demandar cosa alguna por esta causa a el dicho Mateo de Toledo porque no ha recibido del agravio e son ya amigos e pide que por lo que a él toca no esté preso e firmolo de su nombre. Testigo
Pedro de Narváez y Alonso ---
--y el dicho --- y el dicho Pedro de Narváez ---
a el dicho Camposo e que –
Luis Camposo Pedro de Narváez
Fol. 26
Muy ilustre señor
Mateo de Toledo, escudero de la capitanía de don Rodrigo de Narváez, digo que yo me vine a presentar ante vuestra señoría sobre cierta quistión que entre mí y Luis Camposo pasó, somos amigos y tengo su perdón, a vuestra señoría pido y suplico me mande soltar u a lo menos dar en fiado, para lo cual etc.
Mateo de Toledo
Otrosí digo que mi sueldo está embarazado en Blas de Torres, pido y suplico a vuestro señoría mande que se me dé y se me desembarace, para lo cual etc.
Fol. 27
Muy ilustre señor
Mateo de Toledo, escudero de la capitanía de don Rodrigo de Narváez, digo que en el audiencia pasada mandó vuestra señoría que diese descargo, yo tengo respondido que concluyo y pido sentencia a vuestra señoría, pido y suplico me mande despachar porque soy forastero y estoy gastando, para lo cual etc. Mateo de Toledo
Fol.30
Dado que por la culpa que del resulta contra el dicho Mateo de Toledo, atento que está perdonado de la parte, le debo condenar y condeno en mil maravedíes de pena: la mitad para la cámara de su señoría y la otra mitad para gastos de justicia y asimismo le condeno
en destierro de la dicha ciudad de Almuñécar por tiempo de un año,- plidos mo[do] siguiente: los tres meses pre- y los nueve restantes a mi voluntad y no lo quebrante en manera alguna sin mi licencia so pena que los nueve meses voluntarios sean pre- -- en la sangre--- que aplico - va enmendado
Don Pedro de Vovadilla
MAPAS ANTIGUOS DE ALMUÑÉCAR
A partir del “vado de la Bernardilla”, lugar donde encontramos una estrecha e impresionante garganta excavada por la erosión de la roca caliza -la denominada “boca del Dragón”-, se registra en nuestro documento una bifurcación que separaba dos rutas distintas. Por un lado, la que se dirigía a “a la mar de Motril”, que suponía un ligero rodeo por las estribaciones de la Sierra de Lújar y resultaba de gran interés para los medidores, ya que la “mar de Motril” (El Varadero) suponía una ensenada abierta que, corriendo desde el cabo Sacratif hasta la desembocadura del río Guadalfeo, constituiría con el tiempo el principal puerto de Motril. Por otro, la que enfilaba hacia “la mar de Salobreña”, lugar donde desemboca el Guadalfeo, que conforma una Punta constituida por un delta de materiales de aluvión. Finalmente, el trayecto más corto utilizando el criterio de distancia, que no el de tiempo ni de dificultad, es el que lleva a la mar de Almuñecar. Se trataba de otro camino real que transcurría desde el Valle de Lecrín por las fragosas Sierras de las Guájaras y de Cázulas y terminaba aprovechando el curso del Río Verde, que conforma la fértil Vega de Almuñecar
Han pasado casi treinta años desde el episodio de la pelea de Luís Camposo con Mateo de Toledo en Almuñécar.
Felipe II lucha por el trono de Portugal con D. Antonio. Para esta guerra se movilizan varias compañías, entre ellas una de caballería de la costa de Granada al mando de Diego Vélez de Mendoza. A continuación vemos el documento en el que Sancho Dávila recomienda a Diego Vélez para que le dé una compañía:
Oporto 28 de septiembre de 1581
Recomienda a Diego Vélez para que S.M. le dé el mando de una Compañía.
(A.G.S.Mar y Tierra Legajo 119)
Muy ILLE Señor:
El Capitán Diego Vélez de Mendoza ha servido a su Majestad en esta jornada, desde que se fue D, Pedro Gasca ha tenido a su cargo las cuatro compañías de caballos de la costa del reino de Granada, lo cual ha hecho con mucho cuidado en todas las ocasiones que se han ofrecido, sin hacer ninguna ausencia de los presidios; ha servido él y su padre a S.M. muchos años, y aseguro a v.m. que es para servir en cualquier ocasión, y que se le puede encargar con satisfacción. Ha vacado en Vélez la compañía del Capitán Luís de Paz, aunque tiene poco sueldo por ser en su tierra, desea que S.M. le haga merced de ella, y por no dejar la gente no viene a pretenderla. Suplico a v.m. que me haga de favorecerle, para que S.M. le haga merded que a más de merescerla tan bien por sus servicios, reciviré por muy propia la que v.m. le hiciere, cuya muy ilustre persona nuestro señor guarde.
De Oporto a 28 de diciembre de 1581
Muy ilustre B.L.M. a v.m. su servidor
Sancho Dávila
(A.G.S. Mar y tierra. Libros encuadernados, legajo 38)
El Rey
Licenciado Tejada. Alcalde de mi Casa y Corte
Por cuanto he sido informado que yendo después de la batalla que dio D. Sancho de Ávila, mi maestro de campo general que fue del ejército que entró en estos mis reinos de Portugal, con la gente de guerra y pie y de caballo, que llevó de esta ciudad de Oporto, algunos jinetes de las compañías de Juan de Valenzuela y de D. Pedro Gasca y otras de las costa del reino de Granada en seguimiento del dicho D. Antonio, que se salió de la batalla, prendieron los dichos jinetes junto a Viana hasta doscientas personas entre blancos y negros, así en poblado como en el campo, y los llevaron a la villa de Draques, junto a la de Viana, y metieron a todos en una casa, y los entregaron a los oficiales de las dichas compañías, y a Diego Vélez, capitán de los jinetes que llegaron un día antes, yendo asimismo en seguimiento del dicho D. Antonio, y a Ambrosio de Villarroel, teniente de capitán de la de D. Pedro Gasca, y a los contadores de las dichas compañías del dicho Diego Vélez y Villarroel, y entre los que de ellos prendieron y rescataron por dineros, fueron el dicho D. Antonio, el conde de Vimioso y Duarte de Lemos, y otras personas que seguían al dicho D. Antonio, y los dichos contadores, y el teniente, y Villarroel y Diego Vélez de Mendoza fueron a la parte del dicho rescate, y la ropa de ellos , y partícipes en ellos, y habiéndose alojado los jinetes de la compañía de D. Luís de Leiva en Viana con el alférez de ella en una casa donde estaban once caballos del dicho D. Antonio, y subiendo a un aposento de la dicha posada vio estar un portugués echado en la cama y yéndole a matar el dicho alférez, le dijeron que no le matase porque era D. Antonio, y se lo impidieron ciertas personas, y le quitaron una sortija de una piedra muy rica, que traía en el dedo y se la llevaron, y en el arenal cerca de Viana hallaron enterrado un cofre y otras joyas y piezas muy ricas de jaez rico del Serenísimo Rey d. Sebastian, todas doradas, y con mucha pedrería, y las repartieron entre sí y otros jinetes y personas, y es mi voluntad que se averigüe la verdad de todo. Por ende, confiado en vuestras letras, rectitud y persona que haréis en ello lo que convenga a mi servicio y a la buena verificación y claridad del negocio, he acordado que acometéroslo, como por la presente lo hago. Y os mando que averigüéis todo lo que pasó y hubiere cerca de los susodicho y cada cosa dello, haciendo sobre ello las informaciones, averiguaciones, autos y diligencias que ……..y fueren necesarias cometiendo lo que vos no puediéreles averiguar por vuestra persona a las personas que os parecieren, o enviándoles a las partes que les conveniere, para lo que en ellas se hubiere de hacer, y las piedras, joyas, pedreríay las otras piezas que se hallaren en poder de las dichas personas, y de otras calesquira, vendidas, escondidas, empeñadas o en otra manera, así del dicho jaez rico, como otras, las hagáis cobrar de los que las tuvieren, o en cuyo poder estuvieren o se lallaren, y las pongáis en depósito en arca de tres llaves en poder de persona lega, llana y …., y lo que resultare de su averiguación o averiguaciones que que se hubuieron haciendo por vos y las dichas personas sobre ello, y de los culpados y de la culpa de casa uno deis razón en mi Consejo de Guerra para que vista en él, se me consulte lo que se hallare y averiguare, y se puede proveer y ordenar lo que convenga, y por los alcaldes de mi Casa y Corte tienen noticia de lo tocante a lo que desto se ha recobrado desde un principio, les avisaréis solamente de las joyas y piezas que se hallaren y cobraren por las averiguaciones y diligencias que vos o las dichas personas hiciéredeis para que la tengan dello, y también la daréis en el dicho Consejo de Guerra, que para todo ello, y cada cosa y parte de ello y a ello anejo concerniente y dependiente, os doy mi poder y comisión cumplida que el caso conviene y de derecho se requiere, y asi mismo a las personas a quien comentiéredes y enviáredes a hacer las informaciones, averiguaciones y diligencias que vos pudiéredes hacer, y para traer vara de mi justicia por todas las ciudades, villas y lugares por donde pasaren, anduvieren o estuvieren el tiempo que se ocuparen y entendieren en ello, y para que vos y las dichas personas que les cometiéredes y nombráredes para ello, podéis mandar venir y parecer aquí ante vos y las dichas personas ante ellos, a los tenientes de capitán, alférez y otros oficiales y jinetes de las compañías de los dichos don Juan de Valenzuela, Pedro Gasca y otras compañías de jinetes de los de la dicha costa que fueron a servirme en la dicha jornada y otras cualesquiera personas y gente de guerra, a decir y digan sus dichos y deposiciones so las penas que de mi parte les pudiéredes y mandáredes poner, en las cuales, lo contrario haciendo, los doy por condenados, y a vos y a las dichas personas que le cometiéredes o nombráredes poder y facultad para ejecutar en los que los remisos e inobedientes fueren, y mando a mis corregidores, jueces de residencia, alcaldes, mayores y ordinarios, y otros cualesquiera jueces, y justicias de mis reinos y señoríos de Castilla, reinos de Granada y de Andalucía, y a cada uno y cualesquiera de ellos en sus lugares y jurisdicciones, que hagan y cumplan lo que por vos y las personas que les cometiéredes y nombráredes les fuere mandado y pedido tocante a esta mi comisión, y los unos y los otros no fagan ende al por alguna manera.
Fecha en Lisboa a veinte y seis de setiembre 1582
Yo el Rey
Refrendada por el secretario delgado.
Sin señal.
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